Planteada al Articulo 20 de la Ley del Instituto de la Defensa Pública Penal, Artículo que establece limite de 25 defensores de planta en la Ciudad de Guatemala. El Lic. Ovidio Girón, Coordinador de la unidad de Impugnaciones enfatizo el planteamiento del IDPP.
Licda. Ana Galindo de la Fiscalía de Asuntos inconstitucionales argumentó que debe declararse con lugar la acción presentada por el Instituto de la Defensa Pública Penal.
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